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Convención de la CRVMA

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Conference on the Conservation of Antarctic Marine Living Resources

La Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos es un acuerdo internacional que fue adoptado en la Conferencia sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos celebrada en Canberra, Australia, el 7 de mayo de 1980.

Este acuerdo representa la respuesta multilateral para hacer frente a la posibilidad de que el aumento no regulado de las capturas de kril en el Océano Austral resultara ser perjudicial para los ecosistemas marinos antárticos, y en particular para especies de aves marinas, pinnípedos, ballenas y peces cuyo alimento básico es el kril.

En reconocimiento de la importancia de la conservación de los recursos vivos marinos antárticos en el Océano Austral, la Convención de la CCRVMA consiste de:

  • 33 artículos
  • un anexo que se refiere a un tribunal de arbitraje, y
  • una Declaración del Presidente de la Conferencia sobre los Recursos Vivos Marinos Antárticos con respecto a la aplicación de la Convención de la CRVMA a las aguas adyacentes a Kerguelén y Crozet sobre las cuales Francia tiene jurisdicción, y a las aguas adyacentes a otras islas dentro del área a la cual se aplica esta Convención sobre las cuales la existencia de soberanía de Estado es reconocida por todas las Partes Contratantes.

Además de centrarse en la conservación de los recursos vivos marinos antárticos, la Convención de la CRVMA describe:

  • su relación con el Tratado Antártico
  • el área de su aplicación
  • la estructura de la organización que establece, en particular de
    • la Comisión, y
    • el Comité Científico
  • consideraciones relacionadas con la cooperación internacional.

Conservación de los recursos marinos

La Convención de la CRVMA se aplica a todas las poblaciones antárticas de peces, moluscos, crustáceos y aves marinas que se encuentran al sur de la Convergencia Antártica (el Área de la Convención). Las ballenas y pinnípedos han sido excluidos específicamente de los recursos marinos ordenados por la CCRVMA, dado que son responsabilidad de otras convenciones – a saber, el Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas y la Convención para la Conservación de las Focas Antárticas.

La Comisión

La Comisión se reúne cada año para tratar, entre otras materias, la adopción de medidas de conservación y tomar otras decisiones de aplicación a las actividades de recolección dentro del Área de la Convención. La Comisión es responsable también de los asuntos financieros y de la administración de la organización.

El Comité Científico

La Convención estableció un Comité Científico que proporciona asesoramiento científico a la Comisión.

Cooperación internacional

El texto de la Convención de la CRVMA contiene directrices explícitas sobre la relación entre la Convención de la CRVMA y el Tratado Antártico.

Además de cooperar con las dos organizaciones que aplican las convenciones relativas a los pinnípedos y ballenas, la CCRVMA coopera con otras organizaciones multilaterales, en particular con aquellas que son responsables de la conservación y ordenación de los recursos marinos en áreas oceánicas contiguas a las aguas del Área de la Convención de la CRVMA.

Depositario de la Convención

Australia, en calidad de Depositario de la Convención de la CRVMA, se encarga de mantener al día un resumen del

This page was last modified on 16 Jul 2012

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Email: ccamlr@ccamlr.org
Telephone: +61 3 6210 1111
Fax: +61 3 6224 8744
Post: PO Box 213, North Hobart 7002, Tasmania, Australia

 

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